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Primeros pasos

Qué necesitas antes de emitir tu primer documento

Tres cosas tienen que estar en su lugar antes de la primera factura: la empresa configurada, un certificado digital vigente y folios autorizados por el SII.

Emitir un documento tributario electrónico no depende solo del sistema: depende de tres cosas que el Servicio de Impuestos Internos exige y que son tuyas, no nuestras. Si falta una, el panel te lo dice antes de que escribas el primer monto, no después.

1. La empresa, con sus datos tributarios

RUT, razón social, giro y dirección tal como están inscritos en el SII. No es un trámite de formulario: esos datos se imprimen en cada documento que emitas y tienen que coincidir con el registro, o el documento se rechaza.

2. El certificado digital

Es el archivo con el que se firma cada documento. Lo emite una entidad certificadora autorizada, va a nombre de una persona natural con facultades en la empresa, y tiene fecha de vencimiento — normalmente uno o dos años.

Cuando el certificado vence, no se degrada el servicio: se detiene la emisión. El panel avisa antes, no el día que pasa.

3. Folios autorizados (CAF)

El SII no te deja numerar documentos libremente: te autoriza rangos. Cada rango viene en un archivo CAF y sirve para un tipo de documento —factura electrónica, boleta, nota de crédito— y para una cantidad determinada.

Un rango se agota cuando usaste todos sus números, y además caduca: los folios tienen fecha de vencimiento. Un rango con folios sin usar pero vencido no sirve, y hay que pedir uno nuevo.

Relacionado: Folios: qué son, cómo se piden y cuándo se agotan

Cómo saber si ya está todo

Arriba en el panel, en la campana de notificaciones, la primera línea dice siempre si puedes emitir o no, y cuando no puedes, por qué. Esa línea está fijada: no se despacha ni se pierde entre otros avisos.

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